Directrices de inversión en servicios de guardería
La región ha prorrogado la directiva vigente hasta el 31 de diciembre de 2035, con el fin de ofrecer seguridad en la planificación a las entidades gestoras y a los municipios.
¿A qué se destinan las ayudas?
- Obras de construcción (nuevas construcciones, ampliaciones, reformas y rehabilitaciones), así como
- medidas de equipamiento (equipamiento inicial y acondicionamiento de cocinas y zonas de juego al aire libre adaptadas a los niños)
- Medidas para la digitalización o la ampliación digital de los centros de atención diurna infantil y de los servicios de cuidado infantil, en particular inversiones en infraestructura digital para la evaluación del nivel de desarrollo del lenguaje, así como otras medidas que apoyen la digitalización de la labor pedagógica. También son subvencionables aquellas medidas que conduzcan a la digitalización del funcionamiento del centro de atención diurna infantil o del servicio de cuidado infantil
En el ámbito del cuidado infantil, solo se pueden subvencionar medidas de inversión destinadas a crear nuevas plazas para niños menores de tres años.
¿Qué no es subvencionable?
No son subvencionables la adquisición de terrenos ni los gastos de funcionamiento corrientes.
¿Quién puede recibir una subvención?
Los beneficiarios de las ayudas son los municipios y las mancomunidades municipales, en su calidad de organismos responsables de la asistencia pública a la juventud (servicios locales de protección de menores), que transfieren los fondos a los organismos correspondientes o a los cuidadores diurnos.
La ayuda se concede en el marco de una subvención para proyectos, en forma de asignación dentro de un sistema de financiación parcial o, en el caso de los cuidadores diurnos, como importe fijo en el marco de una cantidad a tanto alzado.
Se aplican los siguientes importes máximos de subvención:
- En el caso de obras de nueva construcción, ampliación y reforma, incluido el equipamiento inicial sin adquisición de terrenos ni urbanización, de locales adecuados de todo tipo destinados a la formación, la educación y el cuidado de niños hasta su ingreso en la escuela, así como la acondicionamiento y el equipamiento del terreno: 41 500 euros
- En el caso de obras de nueva construcción, incluido el equipamiento inicial, así como la acondicionamiento y el equipamiento del terreno para la obtención de plazas: 12 000 euros
- En el caso de obras de ampliación y reforma: 19 500 euros
- En el caso de obras de ampliación y reforma destinadas a la obtención de plazas: 6.100 euros
- En el caso de medidas de rehabilitación: 12 250 euros
- En el caso de medidas de digitalización, la ayuda a tanto alzado asciende a 750 euros, de carácter único, por cada grupo de una guardería o por cada centro de cuidado infantil
- En el caso de los centros de acogida diurna, la ayuda a tanto alzado asciende a 650 euros por niño (importe máximo de 3.250 euros)
¿Cómo puedo presentar una solicitud?
La solicitud la presenta el Servicio de Protección de Menores ante la autoridad competente en cada caso, es decir, las oficinas regionales de protección de menores. Una vez examinada, dicha autoridad aprueba la solicitud, emite una notificación de concesión de la subvención y abona los fondos correspondientes.
En el futuro, el procedimiento de solicitud se tramitará íntegramente de forma digital a través del portal en línea KiBiz.web.
Más información
También puede consultar información sobre las ayudas a la inversión destinadas a los centros de atención diurna infantil y a los servicios de cuidado infantil en las oficinas regionales de protección de la infancia a través de los siguientes enlaces:
https://www.lvr.de/infancia-y-juventud/ayudas-financieras/cuidado-diurno-infantil/ampliación-u6/
https://www.lwl-landesjugendamt.de/de/unsere-handlungsfelder/kindertagesbetreuung/
Fundamentos jurídicos
En el marco del nuevo programa federal de inversión en atención diurna infantil, entre los años 2026 y 2029 se subvencionarán medidas para la digitalización o la ampliación digital de los centros de atención diurna infantil y de los servicios de cuidado infantil, en particular, las inversiones en infraestructura digital para la evaluación del nivel de desarrollo del lenguaje, así como otras medidas que apoyen la digitalización de la labor pedagógica. También son subvencionables las medidas que conduzcan a la digitalización del funcionamiento del centro de atención diurna infantil o del servicio de cuidado infantil en el hogar. La digitalización en las entidades gestoras, así como la gestión de las estructuras de dichas entidades, no es subvencionable.
La línea de financiación para la digitalización mencionada anteriormente se ha integrado en la Directiva de inversión en el cuidado infantil diurno, con el fin de garantizar una gestión uniforme de las ayudas en el marco del programa de fomento de la inversión en guarderías.