Vacunación obligatoria Ley de protección contra el sarampión
Información sobre la Ley de protección contra el sarampión
El Ministerio Federal de Sanidad explica el contenido principal de la ley en su página web
https://www.bundesgesundheitsministerium.de/impfpflicht.html
Todos los niños a partir de un año deben tener las vacunas contra el sarampión recomendadas por la Comisión Permanente de Vacunación al entrar en la escuela o en una guardería. Por lo general, también se debe presentar una prueba de vacunación contra el sarampión si el niño está al cuidado de una guardería.
Lo mismo se aplica a las personas que trabajan en instalaciones comunitarias (guarderías) o instalaciones médicas, como profesores de guardería, maestros, cuidadores de día y personal médico (si estas personas nacieron después de 1970).
La prueba puede consistir en la cartilla de vacunación, la cartilla amarilla de examen infantil o -sobre todo en caso de enfermedad ya padecida- un certificado médico. Por regla general, la prueba debe facilitarse a la dirección del establecimiento. También es posible aportar la confirmación de un centro visitado con anterioridad de que allí ya se ha aportado la prueba correspondiente.
Lo mismo se aplica al personal de los centros comunitarios (guarderías) y de los centros médicos, como hospitales o consultas médicas. Esto ya es una práctica habitual en las instalaciones médicas. También en este caso, el personal debe demostrar que ha sido vacunado, que ya ha padecido la enfermedad y que, por lo tanto, es inmune.
Asesoramiento sobre vacunación por parte del departamento de salud pública Notificación a la autoridad sanitaria por parte de la dirección de la guardería y transmisión de los datos
Si los padres no aportan una prueba escrita de que sus hijos están suficientemente protegidos contra las vacunas cuando son admitidos por primera vez en una guardería, la dirección de la guardería deberá informar a la autoridad sanitaria responsable de acuerdo con el artículo 12 KiBiz.
La ley sobre la modernización de la vigilancia epidemiológica de las enfermedades transmisibles contiene una enmienda al apartado 10a del artículo 34 de la Ley de Protección contra las Infecciones (IfSG). Este apartado estipulaba anteriormente que las autoridades sanitarias podían invitar a los padres a una consulta de vacunación si no podían presentar una prueba de asesoramiento sobre vacunación cuando ingresaban por primera vez en una guardería. En Renania del Norte-Westfalia, la obligación de presentar un justificante de un chequeo médico preventivo adecuado a la edad se basa en el artículo 12 KiBiz.
Esta normativa se ha modificado en la medida en que ahora los responsables de las guarderías informan a la autoridad sanitaria responsable sobre la no presentación de un justificante de asesoramiento sobre vacunación y transmiten los datos personales a la autoridad sanitaria. La autoridad sanitaria decide entonces si los padres o tutores deben ser invitados a una consulta de vacunación.
Puede encontrar más información en la Página principal del Ministerio Federal de Sanidad.
Reflexión legislativa (Sección 34 para. 10a IfSG nueva versión)
"Cuando un niño es admitido por primera vez en una guardería, los tutores legales deben proporcionar a la guardería una prueba por escrito de que el niño ha recibido asesoramiento médico sobre una protección vacunal completa y adecuada a su edad que sea suficiente de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión Permanente de Vacunación de forma oportuna antes de su admisión. Si no se aporta la prueba, la dirección de la guardería lo notificará al departamento de salud pública en cuyo distrito se encuentre la guardería y facilitará al departamento de salud pública los datos personales. El departamento de salud pública puede invitar a los tutores legales a una consulta. Las demás normativas estatales no se verán afectadas."